RESPUESTA
El tejado tiene la consideración de elemento común del edificio. Por ello, la comunidad está obligada a ejecutar las obras necesarias para proceder a su reparación. Es aconsejable ejecutar las obras siguiendo los criterios del técnico dado que es quien tiene el conocimiento suficiente para determinar qué tipo de obra es la adecuada.
Si la comunidad decide ejecutar una obra desoyendo al arquitecto y, con ello, no se va a resolver los daños de forma adecuada, podrá impugnar judicialmente el acuerdo.